El alcalde de Azuqueca de Henares acusado de presunta prevaricación declara, como investigado, este lunes en el Juzgado número 4 de Guadalajara
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REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
domingo 14 de junio de 2020, 22:22h
El lunes 15 de junio a las 10,30 horas está citado a declarar como investigado el alcalde socialista de Azuqueca de Henares Jose Luis Blanco ante el Juzgado número 4 de Guadalajara.
El alcalde socialista de Azuqueca declarará este lunes 15 de junio en los Juzgados de Guadalajara en condición de investigado (lo que antes se denominaba “imputado”) por un presunto delito de prevaricación administrativa.
El alcalde de Azuqueca tendrá que dar explicaciones de por qué el 14 de abril firmó una Orden donde-presuntamente- “se saltaba a la torera” la normativa establecida en el estado de Alarma, y en especial, el Real Decreto Ley aprobado el martes 31 de marzo que establece que, "excepcionalmente", mientras esté en vigor el estado de Alarma, NO podrá suspenderse el suministro de estos servicios energéticos (electricidad, gas natural, derivados del petróleo) y de agua, considerados básicos, a los consumidores "en su vivienda habitual", aunque exista esa posibilidad en los contratos de suministro.
El alcalde de Azuqueca, según se establece en la denuncia presentada por los demandantes ante el Juzgado de Guadalajara, “hizo caso omiso” de este Real Decreto del 31 de marzo que PROHIBÍA el corte de suministro de electricidad, entre otros servicios básicos, y dictó una Orden (el 14 de abril) que tuvo como consecuencia el corte de suministro eléctrico de varias viviendas de la calle Abetos número 22 de la localidad azudense, dejando a varios vecinos de Azuqueca SIN suministro de electricidad con los inconvenientes, daños y perjuicios que ello ha conllevado para los afectados por esta decisión “arbitraria y contraria” a lo establecido en el Real Decreto de 31 de marzo de 2020.
El artículo 404 del Código Penal (prevaricación administrativa) castiga a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo aplicándole la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.