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Varapalo judicial a la Generalidad por no garantizar el español en las aulas

Varapalo judicial a la Generalidad por no garantizar el español en las aulas

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
jueves 11 de septiembre de 2025, 07:28h

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado once artículos clave del decreto de régimen lingüístico del sistema educativo no universitario -recurridos por la Asociación por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB)- por no garantizar la enseñanza en español o y avalar un "desequilibrio a favor de la lengua catalana".

En la sentencia, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Cataluña concluye, con el respaldo de la Fiscalía, que "la ausencia de mención alguna" a la lengua española como lengua vehicular de la enseñanza "no permite considerar que resulte garantizada la presencia adecuada del española ni que existan instrumentos de control y evaluación que hagan posible que todo el alumnado alcance la competencia en comunicación lingüística en lengua española".

De esta manera, recalca la Sala, no se garantiza que en los centros públicos y concertados se preste "un servicio educativo que permita a los alumnos dominar el uso del español al finalizar cada etapa educativa". Asimismo, añade la resolución -de la que ha sido ponente el magistrado Marcos Amor- "tampoco parece que se haya previsto medida alguna para garantizar que los centros educativos hagan lo necesario para compensar las carencias que pudieran existir en cualquiera de las lenguas cooficiales".

El tribunal considera que los apartados analizados "no establecen una presencia razonable del español en la enseñanza, sino que determinan una situación de desequilibrio a favor de la lengua catalana, sin que las ínfimas y genéricas previsiones contenidas relativas a la lengua española, en el sentido de acreditar su conocimiento en la enseñanza, permitan considerar que se respete la garantía de una enseñanza equilibrada del español de tal forma que el alumnado pueda alcanzar el dominio oral y escrito del catalán y el española al final de la enseñanza obligatoria".

Y ese es, recuerda, el objetivo perseguido por el artículo 35.2 del Estatuto de Autonomía, "que recaba la presencia adecuada de ambas lenguas en los planes de estudio en coherencia con el artículo 3 de la Constitución".
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