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La Diputación de Guadalajara convoca subvenciones para ayuda a domicilio
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La Diputación de Guadalajara convoca subvenciones para ayuda a domicilio

Destinada Entidades Locales de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes, cuenta con una dotación de 70.000 euros

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 03 de octubre de 2018, 12:45h

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La Diputación de Guadalajara convoca de subvenciones a Entidades locales para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio con una dotación presupuestaría con cargo al ejercicio de 2018 de 70.000 euros (un 7,6 por 100 más que en el anterior), según el anuncio que publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de hoy.

La convocatoria es consecuencia del correspondiente acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución Provincial que entiende "la importancia de este servicio como el conjunto de intervenciones profesionales de carácter preventivo, educativo, asistencial, rehabilitador y promocional que tiene por objeto, la atención de las situaciones de dependencia y de no dependencia en el entorno del domicilio habitual, fomentando la autonomía personal, favoreciendo la complementariedad de la familia y las redes de apoyo a la misma y evitando o retrasando el ingreso de las personas en centros socio-sanitarios" según asegura el diputado de Bienestar Social, Juan Pedro Sánchez Yebra.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las Entidades locales de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes, que tengan suscrito convenio de colaboración y la correspondiente Adenda en los supuestos de prórroga, con la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la Prestación del servicio de Ayuda a Domicilio si bien no podrán hacerlo las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 y las que no efectúen aportación municipal. También deberán estar al corriente de las obligaciones fiscales y económicas con la Diputación.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. La base para el cálculo de las subvenciones corresponderá al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2018. Las cuantías de las subvenciones a conceder se establecerán sobre la base del porcentaje de aportación porcentual de las Entidades, según los tramos: Municipios de 1 a 500 habitantes hasta el 80%, de 501 a 2.000 habitantes hasta el 50%, de 2.001 a 5.000 habitantes hasta el 30% y de 5.001 a 20.000 habitantes hasta el 10% La cuantía de las subvenciones estará limitada por las consignaciones presupuestarias existentes y en todo caso, la ayuda finalmente concedida para cada entidad no podrá ser superior a 3.000 euros.

Plazo para la presentación de solicitudes: 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

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