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El Tribunal Supremo rechaza la querella del PSOE contra Abascal por decir que

El Tribunal Supremo rechaza la querella del PSOE contra Abascal por decir que "el pueblo querrá colgar por los pies" a Sánchez

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 17 de septiembre de 2025, 13:30h

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El Tribunal Supremo ha inadmitido la querella por delito de odio, injurias y amenazas que interpuso el PSOE contra Santiago Abascal. El líder del Vox manifestó en un periódico argentino que «habrá un momento dado en que el pueblo querrá colgar de los pies» al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, la Sala de lo Penal del Supremo explica en su resolución que no todo lo que puede considerarse inaceptable en términos discursivos y expresivos es penalmente relevante. En su auto analiza las expresiones utilizadas por el responsable de Vox en la entrevista que concedió al diario Clarín el 10 de diciembre de 2023 y señala que patentizan una frontal radical oposición tanto a la persona de Sánchez como a su gestión política. Pero ese rechazo, añade el escrito, no satisface los niveles de antijuricidad penal que reclaman los tipos penales incluidos en la querella.

Para medir la tasa exigida de lesividad, la Sala analiza los pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional respecto a expresiones de odio. El tribunal indica que se deben tener en cuenta aspectos como la capacidad de quien profiere esas expresiones para producir consecuencias perjudiciales, el contexto en el que se emiten, el medio utilizado, o las condiciones de los destinatarios.

En relación con las manifestaciones del querellado, el tribunal explica que pese a los indicadores de confrontación presentes en nuestra realidad sociopolítica y sus proyecciones que, en forma de protestas y concentraciones ante la sede del partido querellante se describen en la querella, «no resulta posible trazar un pronóstico de que la conducta expresiva del querellado haya generado un riesgo significativo de grave afectación de las bases de la convivencia pacífica o del estatuto de ciudadanía del que son titulares el Presidente del Gobierno y los militantes del PSOE».

La Sala señala que «no parece compatible con los propios fundamentos del pluralismo político que puedan oponerse límites penales a los discursos de los representantes públicos electos que, aun en términos descarnados o exagerados, pretendan cuestionar y deslegitimar, desde la oposición, la gestión política del Gobierno y de su presidente».
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