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Castilla La Mancha cierra los centros de mayores, centros de día y limita el aforo de gimnasios e instalaciones deportivas cubiertas a un tercio de su capacidad máxima autorizada

Castilla La Mancha cierra los centros de mayores, centros de día y limita el aforo de gimnasios e instalaciones deportivas cubiertas a un tercio de su capacidad máxima autorizada

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
jueves 12 de marzo de 2020, 14:29h

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Fernández Sanz ha dado a conocer que en la tarde de ayer mantuvo una reunión con el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y con el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, donde se trataron la toma de decisiones en una Comunidad y que afectarían a la otra.

Medidas Resolución

Por su parte, el director general de Salud Pública, Juan Camacho, ha explicado que entre los acuerdos adoptados en el Comité Ejecutivo de respuesta y preparación frente al coronavirus, que ha sido presidida por el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, se ha acordado que la Consejería de Sanidad va a emitir una resolución en la que se resuelve adoptar una serie de medidas.

Entre ellas, están la suspensión de actos, eventos o celebraciones que pudieran suponer concentración de personas que pertenezcan a colectivos especialmente vulnerables frente a la infección por coronavirus.

Asimismo, entre las medidas se incluyen suspender las actividades de deporte escolar y otras actividades no lectivas que se determinarán por resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Por otro lado, se resuelve cerrar por el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la resolución, de todos los centros de mayores, centros de día, servicios de promoción de la autonomía personal y otros de análoga naturaleza, de Castilla-La Mancha.

También se resuelve suspender eventos culturales o deportivos que se fueran a celebrar bajo cubierto y con aforo igual o superior a las 1.000 personas.

Por último, se resuelve limitar el aforo de gimnasios e instalaciones deportivas cubiertas a un tercio de su capacidad máxima autorizada.

Todas estas medidas, que se recogen en el artículo 3 de la Ley de Salud Pública, pueden ser aplicadas de manera progresiva y proporcional dependiendo de la circunstancia tanto geográfica como demográfica y temporal en la que nos encontremos.
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