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El Tribunal Superior de Justicia condena a Pérez León por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical

El Tribunal Superior de Justicia condena a Pérez León por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical

La sentencia estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un sindicato en relación con la creación del OAR y reconoce igualmente que existió vulneración de otras normas sobre personal

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
martes 18 de noviembre de 2014, 12:19h

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha condenado a la actual portavoz del Grupo Socialista en la Diputación, María Antonia Pérez León, por vulneración del derecho fundamental de libertad sindical. Así lo ha sentenciado el TSJCLM a raíz de un recurso contencioso-administrativo seguido a instancia de uno de los sindicatos con representación en la Diputación, Unión de Profesionales Independientes (UPID).

El recurso se interpuso contra el acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial de 20 de septiembre del año 2010 de creación del Organismo Autónomo Provincial de Gestión y Recaudación Tributarias de las entidades locales de Guadalajara y aprobación de sus estatutos reguladores. Ahora, la sentencia ha estimado el recurso interpuesto por UPID y considera vulnerado el derecho de libertad sindical reconocido en el artículo 28.1 de la Constitución Española ya que "no se negoció el sistema de provisión del puesto de Director Gerente, puesto de nueva creación en el Organismo Autónomo de Recaudación, en relación con el cual el Estatuto Básico del Empleado Público incluye en la negociación colectiva las normas que deben fijar los criterios generales en materia de acceso, carrera o provisión, aspectos que, sin embargo, la actual portavoz socialista ignoró en la negociación”, manifiestan desde el Grupo Popular en la Diputación.

La sentencia considera igualmente que existió vulneración de otras normas sobre personal al servicio de las administraciones públicas, concretamente la relativa a los habilitados nacionales y a las funciones encomendadas por ley a los mismos, funciones reguladas en una norma con rango de Ley que los Estatutos del Organismo Autónomo aprobados por Pérez León pretendían contravenir.

Hay que recordar que el Organismo Autónomo de Recaudación fue suprimido mediante acuerdo plenario de disolución, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 23 de febrero de 2012, siendo efectiva la misma desde el 1 de marzo de 2012.

Desde el Grupo Popular se recuerda que “no es la primera vez que la portavoz socialista es condenada en materia de personal” ya que, siendo diputada responsable de Personal, en el mandado 1999-2002, el Tribunal Supremo ya la condenó también por su forma de proceder en la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de 2002, declarando la nulidad de pleno derecho de la misma y deslegitimando sus actuaciones en este ámbito”.
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