CASTILLA-LA MANCHA

Condenan a la Junta de Page por no flexibilizar la jornada de un agente medioambiental, piden ceses

REDACCION | Jueves 18 de febrero de 2021
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Toledo ha dictado una sentencia por la que anula una resolución de la Junta de Comunidades que impedía que un agente medioambiental flexibilizara su jornada laboral para que pudiera llevar a su hija de 2 años a la guardería y condena a la administración regional a pagar las costas.

La sentencia, que ha sido facilitada por CCOO, señala que los empleados públicos tienen derecho a la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y señala que la conciliación debe ser tenida en cuenta como un derecho fundamental, según doctrina constitucional.

En una nota de prensa, la secretaria general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO en Castilla-La Mancha, Lola Cachero, ha explicado que el agente medioambiental "pidió flexibilizar una hora su entrada al trabajo para poder llevar a su hija de dos años y medio a la guardería" y ha añadido que tenía informe favorable de su responsable comarcal y de la Unidad de Coordinación de Agentes Medioambientales, en base a que "no existe impedimento alguno para la concesión de la petición, ya que no afectaba para nada ni a las necesidades del servicio ni a la naturaleza del puesto de trabajo".

Sin embargo, ha lamentado que la Consejería de Desarrollo Sostenible denegó la solicitud "incumpliendo, como dice la sentencia, principios constitucionales, derechos legales y directivas europeas".

"La sentencia es realmente dura con la Administración, utilizando términos contundentes para descalificar su actuación, como 'flagrante incumplimiento de la obligación de revisar los horarios para adecuarlos a la conciliación' o 'falta de consideración de aspectos relacionados con la tutela antidiscriminatoria y el principio de igualdad'", ha denunciado Cachero.

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