CASTILLA-LA MANCHA

CCOO CLM exige acabar con el infraregistro de las enfermedades profesionales que provocan al año seis veces más muertes que los accidentes laborales

REDACCION | Viernes 27 de diciembre de 2019

CCOO de Castilla-La Mancha tiene en marcha una campaña para informar a los trabajadores y trabajadoras sobre las enfermedades profesionales y cómo actuar ante ellas. El sindicato recuerda que existe una clara infradeclaración con respecto a este tipo de enfermedades y exige que se corrija este infraregistro, lo que tiene consecuencias para la persona trabajadora afectada, para la plantilla y para el conjunto de la ciudadanía.

Comisiones Obreras ha editado más de 1.500 trípticos informativos que está repartiendo en las visitas realizadas a empresas, en los cursos de formación que imparte el sindicato y también están disponibles en las distintas sedes que tenemos en nuestra comunidad autónoma. Asimismo, se encuentran en la página web www.castillalamancha.ccoo.es y en redes sociales (Facebook, twitter e instagram).

El sindicato está informando a los trabajadores y trabajadoras sobre los requisitos para considerar una enfermad como profesional; las diferencias entre enfermedad profesional y accidente de trabajo, y entre enfermedad profesional y común; qué hacer en el caso de sentirse mal y creer que puede estar relacionado con el trabajo.

También sobre cómo actuar en el caso de que la mutua se niegue a reconocer la enfermedad como profesional; qué ocurre si la enfermedad o agente causal no aparece en el cuadro de enfermedades profesionales; o en el caso de que la mutua reconozca la enfermedad profesional pero dé el alta sin estar la persona trabajadora recuperada.

Aunque la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 4 considera como daños derivados del trabajo las enfermedades, las patologías o las lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo, para considerar una enfermedad como profesional hay que remitirse a su calificación legal establecida en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 157, siendo requisitos necesarios para la calificación de una enfermedad profesional que tenga un origen laboral, que conste en el cuadro de enfermedades profesionales vigentes (RD 199/2206) y que esté provocada por la acción de elementos o sustancias que en el citado cuadro se indiquen para cada actividad, explica la secretaria regional de Política Institucional y Salud Laboral de CCOO CLM, Raquel Payo.

Esta denuncia de la infradeclaración de las enfermedades de origen laboral y la exigencia de que se revierta esta situación es una reivindicación estratégica e histórica del sindicato. En Castilla-La Mancha, entre enero y el mes de noviembre el número de partes comunicados de enfermedad profesional es de 575 en total (320 hombres y 255 mujeres; y 333 con baja y 242 sin baja). Por provincias, 241 partes comunicados en Toledo, 112 en Ciudad Real, 84 en Guadalajara, 77 en Albacete y 61 en Cuenca. De esos partes que se han comunicado, luego se determinarán las que se reconocen como enfermedades profesionales y las que no.

Si comparamos el número de partes comunicados de enfermedad profesional en nuestra región (575) con otra comunidades como Navarra, vemos como en el caso de esta última comunidad en este periodo se han comunicado 1.720 partes. En Navarra, con menos de la mitad de población trabajadora afiliada a la Seguridad Social con respecto a nuestra región, se han comunicado el triple de partes que en Castilla-La Mancha.

Según la Organización Internacional del Trabajo, las enfermedades profesionales provocan seis veces más muertes que los accidentes laborales. La mayoría de estas muertes serían por cáncer, enfermedades cardiovasculares y enfermedades respiratorias.

Comisiones Obreras quiere poner el foco de atención sobre las enfermedades profesionales, impulsando el debate sobre este tipo de patologías y exigiendo que se corrija el infraregistro existente tanto en la región como en el país. Un infraregistro que tiene consecuencias para la persona trabajadora afectada, a la que en muchas ocasiones esta enfermedad de origen laboral no se le declara ni como enfermedad profesional ni como accidente de trabajo, sino como enfermedad de origen común, lo que tiene un alto impacto económico para la Seguridad Social al tener que asumir los costes que le corresponden a las mutuas; y también para el conjunto de la plantilla, pues al no reconocerse la enfermedad como profesional no se adoptan las medidas preventivas necesarias, advierte Payo, quien insiste en que es de suma importancia que se identifiquen y se registren las enfermedades de origen laboral.

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