Dice que la falta de control por el partido pudo favorecer que limpiaran dinero de sus presuntas actividades delictivas
REDACCION | Viernes 31 de octubre de 2025
El magistrado del Tribunal Supremo que investiga el 'caso Koldo' ha instado a la Audiencia Nacional a que investigue los pagos en metálico que realizó el PSOE en favor del exministro José Luis Ábalos y el exasesor Koldo García.
En un auto, el instructor Leopoldo Puente envía la investigación al juez Ismael Moreno y le hace llegar el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que se recogen pagos en metálico, así como las declaraciones del exgerente del partido y de una trabajadora de Ferraz sobre los pagos en efectivo.
El magistrado del Tribunal Supremo considera que pudo haberse cometido un presunto blanqueo de capitales a través de las liquidaciones de gastos y que ni el partido ni los investigados ni los trabajadores de la formación que declararon como testigos han esclarecido este asunto.
En un auto dictado este mismo viernes, el instructor Leopoldo Puente explica que la actividad del PSOE, "sea finalmente una u otra la calificación jurídica que merezca" no está "inescindiblemente vinculada" al objeto de la investigación que dirige, es decir, la existencia de una presunta trama --integrada por Ábalos, Koldo y el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán-- dedicada al cobro de supuestas comisiones a cambio de adjudicaciones públicas.
Por ello, considera que no es su deber investigar los pagos en metálico realizados por el PSOE y exhorta al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, que ya indaga en una línea de investigación relativa al 'caso Koldo', que investigue también si los investigados llegaron a blanquear dinero a través de las liquidaciones de gastos del partido.
Puente insiste en que en el PSOE no se comprobaba, antes de hacer los pagos en metálico, si al menos la persona que reclamaba la devolución de los gastos era efectivamente quien conforme a los tickets o facturas aportadas los había realizado. Para el magistrado, esta falta de control podría haber permitido que se presentaran tickets por servicios que, en realidad, pudieran haber sido abonados por un familiar o por un amigo.
A su vez, recalca que tampoco se verificaba si los pagos realizados por quien obtenía la devolución habían sido realizados por dicha persona en metálico o por intermediación bancaria. El magistrado considera que ello sería útil para comprobar que no fuera posible que, "una vez adelantado el dinero por éstos para satisfacer esos gastos eventualmente con fondos procedentes de una actividad ilícita --o, incluso delictiva--, no se estuviera, al compensarles dichos gastos, blanqueando su procedencia"; sobre todo cuando al parecer "una persona podía encargarse de gestionar la liquidación de gastos efectuados no por él sino por terceros".
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