CASTILLA-LA MANCHA

La justicia ordena a una ETT readmitir e indemnizar a una trabajadora de Toledo a la que despidió en periodo de prueba por negarse a seguir haciendo a diario horas extras sin cobrar

La empleada aportó una grabación de la conversación en la que su jefa le dio a elegir: O aceptaba seguir prolongando habitualmente su jornada sin cobrar, o abandonaba la empresa por no superar el periodo de prueba

REDACCION | Lunes 19 de junio de 2023
El juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha ordenado a la empresa, Sinergie TT ETT SAU readmitir a una trabajadora a la que despidió en periodo de prueba por negarse a seguir haciendo todos los días horas extras gratis, una sentencia que hoy lunes han dado a conocer en rueda de prensa el secretario general de CCOO Toledo, Federico Pérez, y la responsable de Jóvenes CCOO Toledo, Cristina Romero.

El fallo judicial declara nulo el despido y condena a la ETT a readmitir a la trabajadora, a abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido; y a indemnizarla con 7.501 euros por vulneración de sus derechos fundamentales.

La trabajadora, madre de un niño pequeño y contratada de forma eventual por la ETT para prestar servicios de consultora en Toledo, aportó como prueba de la ilegalidad de la que fue objeto la grabación de la conversación telefónica en la que su jefa le dio a elegir: o cambiar “de mentalidad” y aceptar prolongar habitualmente su jornada; o ser despedida por no superar el periodo de prueba.

Una recreación de esta conversación, (utilizando la transcripción de la misma, reflejada en la sentencia) ha sido reproducida hoy durante la rueda de prensa ofrecida esta mañana por el secretario general de CCOO de Toledo, Federico Pérez, para dar a conocer “esta sentencia, que de nuevo, da la razón a los servicios jurídicos de CCOO Toledo, nos ofrece un ejemplo muy clarificador, muy realista, de los abusos realizados en el ámbito laboral actualmente, en cuanto al impago de las horas extraordinarias se refiere, y a las represalias que se toman contra los trabajadores y trabajadoras que se niegan a trabajar gratuitamente.”

“Al contrario de lo que se argumenta en muchas ocasiones, este tipo de fraude no solo ocurre en pymes y pequeñas empresas, sino como podemos observar en este ejemplo en grandes corporaciones como SYNERGIE, una multinacional de Recursos Humanos con más de 5000 empleados, implantada en 17 países y que, en 2021, facturó más de 2600 millones de EUROS.” Añade Federico Pérez.

Esta conversación, incorporada a la sentencia como hecho probado, fundamenta la aplicación por parte de la magistrada de lo Social de Toledo de la jurisprudencia y la doctrina constitucional sobre los límites del despido en período de prueba; en este caso por vulneración del derecho fundamental a la ‘garantía de indemnidad’ de la trabajadora que reclama el respeto a sus derechos laborales y a la que la Justicia debe amparar frente a represalias patronales.

La trabajadora, temiéndose la represalia de la empresa por defender sus derechos, utiliza los medios tecnológicos a su alcance para poder defenderse ante este fraude, en este caso su teléfono móvil para grabar la conversación con la directora de la empresa. Ésta, con total impunidad le comunica claramente que no le va a pagar las horas que ha trabajado de más, con expresiones como “Ya sabes, que no las pagamos” “Los horarios son estimados”. Asimismo, intenta presionar a la trabajadora culpabilizándola de su falta de interés con frases como “Cuando uno es nuevo en la empresa y se quiere quedar, uno pone interés”, o enfrentándola al resto de compañeras, argumentando que si se marcha a su hora cumpliendo el horario, serán ellas las que tendrán que hacer su trabajo”.
“Tal conversación” -señala la sentencia- “permite vislumbrar un panorama claramente indiciario de que son esas reclamaciones internas de la trabajadora ante la propia empresa, referidas al respeto de sus derechos laborales en cuanto a la jornada de trabajo se refiere, las que propiciaron que se adoptase la decisión extintiva enjuiciada”, vulnerando así la garantía de indemnidad de la trabajadora (art. 24 CE); y ello aunque esa reivindicación de derechos “no se articule por escrito e investida de formalismos.”

“La sentencia está muy bien fundamentada y argumentada. La ETT ha anunciado que la recurrirá, pero estamos convencidos de que ningún tribunal va a cuestionarla. La vulneración de un derecho fundamental reconocido por nuestra Constitución es palmaria”, subrayó Pérez, que ha animado a cualquier trabajador en el mismo caso a actuar y asesorarse con Comisiones Obreras para poner fin a cualquier intento de abuso.

Sobre los casos de horas extra que se trabajan pero no se cobran, la responsable de Jóvenes de CCOO Toledo, Cristina Romero, ha explicado que “solo en la Encuesta de Población Activa del primer trimestre de 2023 se detectaban en Castilla-La Mancha 33.300 personas que hacen horas extra sin cobrarlas, unas 116.000 a la semana”, unas 3,5 horas por trabajador por semana. Los datos estatales analizados por CCOO indican que en el asado año la mitad de las horas extraordinarias trabajadas no fueron retribuidas, una situación que afecta especialmente a las personas trabajadoras de menos edad.

Y es que desde Jóvenes CCOO Toledo se ha anunciado una campaña informativa para evitar este tipo de fraude, bajo el lema ‘¡Nos van a oír! Cobrar las horas extra también es cosa de jóvenes’: “Hacemos un llamamiento en especial a los jóvenes de la provincia para que tengan cuidado con estas prácticas; está claro que en verano, al concentrarse el grueso de las vacaciones del personal de las empresas, se realizan muchas horas extra para cubrir a compañeros y compañeras; existe más abuso, y menos contratación, y si eso ocurre Jóvenes CCOO de Toledo estamos aquí para apoyarlos, con asesoramiento, denuncias a la Inspección, y demanda judicial si es necesario; luchamos en definitiva contra estas jornadas laborales abusivas”.

Cristinas Romero ha subrayado que realizar horas extra es algo voluntario, “exceptuando casos de extrema y urgente necesidad”, y su límite máximo son 80 horas al año. Siempre deben ser compensadas en descanso o retribuidas. “Que todos y todas tengan claro que las horas extra que no se pagan ni se compensan en descanso son ilegales”.

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