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La Universidad de Alcalá aprueba un reglamento para el cambio de nombre conforme a la identidad de género

EN COLABORACIÓN CON LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

REDACCION | Domingo 18 de diciembre de 2022

El pasado mes, la Universidad de Alcalá aprobó un reglamento interno para garantizar a las personas con una identidad de género distinta a la asignada al nacer la posibilidad de utilizar un nombre con el que se sientan identificados (nombre sentido) en los procedimientos y documentos administrativos internos.

Como comenta Remedios Menéndez, adjunta a la Secretaría General de la UAH, ‘en el ámbito de la Comunidad de Madrid disponemos de una ley que respalda el cambio del nombre legal por el nombre sentido, y obliga a la Administración a garantizar que las personas sean tratadas de acuerdo con su identidad de género. Por ello, la Universidad de Alcalá le quiere otorgar a este tema un mayor rango normativo implicando a todas las políticas de diversidad, en este caso afectivo sexual, para que tengan un reconocimiento formal y oficial. Esto aporta mayor seguridad jurídica ya que garantiza el derecho a la intimidad y diligencia, celeridad y confidencialidad, en este tema tan sensible’.

El nuevo reglamento se divide en dos partes, una directamente relacionada con el tratamiento administrativo de la identidad sexual y o de género en la Universidad de Alcalá a todos los efectos que tienen que ver con trámites administrativos y documentales internos. Y otra, atendiendo a lo previsto en las leyes aplicables, estatales y autonómicas, se ha incorporado en este reglamento de la UAH el procedimiento para solicitar el cambio de nombre registral.

Así, siguiendo el primer trámite, cualquier miembro de la comunidad universitaria puede ser reconocido internamente por otro nombre diferente al que está inscrito en el registro Civil y que consta en su documentación oficial de identificación personal.

Su nombre sentido se usará en la tarjeta universitaria, en el correo electrónico, en el usuario del aula virtual, en los listados de clase y calificaciones, en actas y censos electorales y en otros documentos internos. En el caso de los documentos oficiales que tengan efectos sobre otros organismos, por ejemplo, las actas de calificación irán acompañadas de una diligencia no pública, y se mantendrá el nombre legal hasta que el cambio de nombre se haya tramitado oficialmente en el Registro Civil.

Además, a través del segundo procedimiento, una vez se haya llevado a cabo la reasignación de sexo e inscrito el nuevo nombre en el Registro Civil, la Universidad de Alcalá expedirá gratuitamente un nuevo título académico cuando sea solicitado por la persona interesada.

Como afirma Francisco López, director de la Unidad de Atención a la Diversidad, ‘la UAH ha sido siempre receptiva en este tema porque desde nuestra Unidad, ya estábamos trabajando en base a un Protocolo previamente establecido para apoyar a las personas, de cualquier colectivo de nuestra universidad, que tuviesen la necesidad de ser denominadas con el nombre sentido”.

Para solicitar el cambio de nombre legal al sentido en la Universidad de Alcalá es necesario enviar la solicitud a la Unidad de Atención a la Diversidad que trabajará juntamente con los otros servicios y unidades implicadas, una vez que haya sido aprobada, tras su valoración.

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