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El Tribunal Supremo permite renunciar a una herencia tras cobrarla...si se descubre que hay deudas

REDACCION | Lunes 25 de octubre de 2021
El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de una herencia a un particular después de haberla aceptado y haber descubierto que la deuda que quedaba en sus manos era de importe superior a los bienes heredados. Según recoge Noticias Jurídicas, en la sentencia, emitida por dicha institución el pasado mes de marzo de 2021, se expone cómo la deuda fue reconocida por parte de la persona fallecida en un documento que debía surtir efecto después de su muerte. En este sentido, el heredero desconocía la deuda a la que debía responder con su propio capital.

Según el TS, el interesado habría rechazado directamente la herencia en caso de haber conocido la deuda desde un primer momento. "El error padecido es determinante, esencial y excusable", subraya el escrito. En esta línea, un Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda de nulidad de la herencia realizada por el demandante. Seguidamente, la Audiencia Provincial de Madrid revocó la sentencia del Juzgado y desestimó la demanda. Es por lo que el caso se ha llevado hasta el Tribunal Supremo, que es quien ha estimado el recurso de casación interpuesto por el demandante.

Según los datos del Consejo General del Notariado a principios de 2021 en España se rechazan casi 45.000 herencias, ya que el patrimonio a heredar puede suponer en una fuente de gastos.



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