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El TSJCM anula una autorización para instalar una macrogranja de cerdos en Cuenca
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El TSJCM anula una autorización para instalar una macrogranja de cerdos en Cuenca

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
lunes 05 de marzo de 2018, 21:06h

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha anulado la autorización ambiental integrada (AAI) que se concedió a una macrogranja porcina en Huerta de la Obispalía (Cuenca), al estimar el recurso que presentó el Ayuntamiento de la localidad conquense de Torrejocillo del Rey.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM ha admitido el recurso presentado por el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey contra la Consejería de Agricultura y contra el Ayuntamiento de Huerta de la Obispalía y los promotores de la granja como codemandados, según se indica en la sentencia que ha dado a conocer hoy la plataforma 'Pueblos Vivos de Cuenca'.

En una nota de prensa, 'Pueblos Vivos de Cuenca' ha explicado que la denuncia la interpuso el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, al comprobar por los análisis de los servicios de Sanidad que el agua de abastecimiento del pueblo superaba el límite legal de nitratos, resultando no potable.

Asimismo, ha indicado que el TSJCM ha entendido que la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental no siguió el "procedimiento legal establecido" puesto que "la declaración de impacto ambiental ha de ser previa a la autorización y ha de hacerse pública".

"Este procedimiento ilegal viene siendo la norma para la concesión de las autorizaciones ambientales en los proyectos de ganadería industrial", ha asegurado la plataforma, que ha valorado que en la sentencia se haya declarado la nulidad de la resolución por la que se otorgó la AAI a la explotación porcina "por no haber seguido el procedimiento adecuado".

Voto particular de un magistrado.-

La plataforma ha destacado también que en la sentencia se incluye el voto particular de uno de los magistrado de la Sección Segundo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM "que pasa a valorar el fondo del asunto que se había denunciado, que no es otra cosa que la contaminación del agua de uso público de Torrejoncillo del Rey".

En esta parte de la sentencia "se dice de manera textual que queda suficientemente acreditado por los informes de los Servicios de Salud de la Consejería de Sanidad que las aguas de consumo público del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey están contaminadas por los nitratos procedentes de los purines y estiércol originados por las granjas de cerdos no siendo apta para el consumo humano", ha subrayado 'Pueblos Vivos de Cuenca'.

Contra la sentencia puede presentarse un recurso extraordinario y limitado de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS), a través de la presentación de un escrito en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM, en un plazo de 30 días desde el día siguiente a su notificación.
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