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El Ayuntamiento de Aranzueque denuncia el corte de luz efectuado por Hidroeléctrica El Carmen en el Ayuntamiento y en la piscina municipal

El Ayuntamiento de Aranzueque denuncia el corte de luz efectuado por Hidroeléctrica El Carmen en el Ayuntamiento y en la piscina municipal

Los hechos se remontan a diciembre del 2013, cuando se estaban llevando a cabo trabajos de limpieza y sellado de grietas en uno de los depósitos de agua

Por REDACCION
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redaccionguadanewses/9/9/19
miércoles 22 de octubre de 2014, 11:14h

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El Ayuntamiento de Aranzueque ha denunciado el corte del suministro de energía eléctrica que la compañía Hidroeléctrica El Carmen efectuó en las dependencias del Ayuntamiento y en la Piscina Municipal el pasado jueves 7 de agosto. SIGUE
Los hechos se remontan a diciembre del 2013, cuando se estaban llevando a cabo trabajos de limpieza y sellado de grietas en uno de los depósitos de agua por parte de operarios de la Diputación de Guadalajara. Dichos operarios pudieron acceder sin dificultades a un cuadro de suministro eléctrico de la Compañía que no estaba cerrado como hubiera sido preceptivo y conectaron un foco de luz mientras realizaban los trabajos, durante un tiempo aproximado de dos horas, tal y como consta en los partes de trabajo de los operarios. Debido a esto, la compañía Hidroeléctrica El Carmen, S.L. emitió una factura a nombre del Ayuntamiento por importe de 1.692,49 € basándose en el artículo 87 del Real Decreto 1955/2000, el cual dice textualmente“…De no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año…”. Por parte del Ayuntamiento se entiende que sí existe criterio objetivo, ya que está documentado el tiempo de duración de los trabajos realizados, y considera desproporcionada la cantidad exigida, calculada por un uso de seis horas diarias durante un año. El pasado día 31 de julio el Ayuntamiento recibió escrito por parte de la Compañía en el que se comunicaba la suspensión del suministro de energía eléctrica de la oficina del Ayuntamiento y de la Piscina Municipal el día 7 de agosto, suministros que se encuentran al corriente de pago, basándose en el impago de dicha factura. El Ayuntamiento comunicó a Hidroeléctrica El Carmen que había presentado las correspondientes alegaciones al no estar de acuerdo con esa factura ante los Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento en Guadalajara, y solicitaba se abstuviera de realizar los cortes mencionados hasta que el órgano competente revolviera para evitar ocasionar perjuicios al Municipio, a lo cual hizo caso omiso. El Ayuntamiento entiende que, en virtud de la Ley del Sector Eléctrico, el suministro podrá interrumpirse si transcurridos cuatro meses desde el primer requerimiento el pago no se hubiera hecho efectivo, y ese primer requerimiento se produjo en el escrito recibido en el Ayuntamiento el día 31 de julio.

Así pues, el jueves 7 de agosto, a las 14:45 horas, es decir, 45 minutos después de la finalización del plazo indicado al Ayuntamiento para el corte de los suministros, el cual era de 10 a 14:00 horas, Hidroeléctrica El Carmen procedió al corte de forma arbitraria e injustificada. Primero se efectuó el corte del Ayuntamiento y posteriormente, ya en presencia de la Guardia Civil, llevó a cabo el corte de la Piscina, donde se estaba desarrollando la Fase Local del Campeonato Interpueblos de Natación organizado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, con los consiguientes perjuicios ocasionados para la población.

Finalmente el Ayuntamiento, para evitar males mayores y en contra de su voluntad, procedió al pago de la factura para que se reestableciera el servicio eléctrico en el Ayuntamiento y en la Piscina. Una vez que la Dirección General de Industria resuelva se requerirá a Hidroeléctrica El Carmen la devolución de la cantidad indebidamente cobrada. Todos estos hechos han sido puestos en conocimiento de la autoridad competente.
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